FORMULARIO 408 – GUÍA PASO A PASO PARA RELLENARLO SIN ERRORES

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En los últimos tiempos, la AFIP digitalizó muchos de sus formularios con el objetivo de apresurar los procesos que esta entidad lleva adelante y que a los impositores, pueden resultarnos largos y complicados. Entre , se halla el Formulario 408, documento imprescindible para realizar allanamientos y desistimientos.

En este artículo vamos a explicar para qué sirve elformulario 408, cómo completarlo sin fallos y ciertas preguntas frecuentes para despejar tus dudas.

¿Para qué sirve el Formulario 408?

Se trata de una declaración formal que efectúa toda persona con la pretensión de allanar, esto es que en carácter de demandado, manifiesta que acepta las pretensiones del demandante y evita seguir con un juicio. También puede presentarse para desistir, una figura legal conforme la que, el demandante es quien renuncia a continuar con un juicio cuando este no ha finalizado incluso y no se ha dictado sentencia.    

¿Cómo completarlo, sin cometer errores?

Para comenzar, es esencial que tengas presente que se trata de un documento legal y por tanto, debés rellenarlo con atención y evitar los errores.

  1. Primero, descargá el formulario 408 de la página de AFIP. Podés acceder a él haciendo click acá.
  2. En el primer rubro, llamado “Juicios de Ejecución Fiscal” debés anotar la carátula de la causa y el nombre del agente fiscal interviniente. Luego, completá el número de boleta de deuda, el tributo pertinente, año, término y monto.

  • En el segundo rubro, denominado “Recursos ante los tribunales federales o Tribunal fiscal de la Nación”, vas a deber añadir el número de expediente, el juzgado o bien sala que se encarga del caso, la segregaría o bien nominación y la carátula de la causa.
  • Más adelante, en el apartado “Resolución o liquidación recurrida”, debés señalar la fecha, el tributo, el monto y el término.

  • Una vez completado este paso, deberás rellenar el “talón para la AFIP” con la próxima información: tus apellidos y nombres, denominación o bien razón social, el CUIT, el tributo, el rubro y repetir los datos de número de expediente, número de boleta de deuda, carátula de la causa, fecha de resolución o bien liquidación recurrida.

Y más tarde, el “talón para el contribuyente”, que se halla debajo y en el que deberás reescribir ciertos datos ya citados.

  • Continuamos con el rubro 3, “Deuda en discusión administrativa”, donde vas a deber señalar la Dependencia AFIP que te toca, conforme al sitio en que estás establecido, el tributo, el rubro, el año y el término, y otros datos que pide esta entidad para procesar el documento.

  • El formulario dispone de un espacio en blanco para anotar observaciones, si las tuvieras. Si no, solo resta indicar fecha y lugar, y tu firma como el tramitante titular. Si no sos el titular, vas a deber poner nombre y la dirección actualizada de tu domicilio.
  • Para imprimirlo, puedes hacerlo desde exactamente el mismo documento, dirigiéndote al botón que aparece en el margen superior derecho.

De este modo, habrás finalizado exitosamente el rellenado del documento de una forma ordenada y simple.

Recordá que se requerirá una copia del formulario por cada causa a presentar.

Preguntas frecuentes

¿Qué documentación necesito para completar el trámite?

La AFIP no requiere ningún otro documento para iniciar el proceso de allanamiento o desistimiento, más que el formulario 408.

¿Quiénes pueden llenar el formulario 408?

El mismo impositor o bien su representante legal pueden rellenar y presentar el formulario.

¿Cuáles son los requisitos para empezar un allanamiento o bien un disentimiento?

Para iniciar alguno de estos procesos debés contar con la información que se pide en el formulario 408, y que detallamos anteriormente.

¿De qué forma prosigue el trámite, cuando completé el formulario?

Este documento tiene carácter de declaración jurada y una vez rellenado el formulario, debe presentarse en la oficina de AFIP que corresponda. Para mayor información, ingresá en el sitio de esta entidad.

¿De dónde descargo el formulario 408?

El formulario lo hallarás en el sitio web de la AFIP y puedes acceder desde aquí

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